EL CONSUMO SOSTENIBLE Y CONSUMO RESPONSABLE DE LA ENERGÍA

En la actualidad la vida gira en torno del consumo de energía, la usamos para cocinar, almacenar los alimentos, cargar el celular, usar la computadora, lavar la ropa, movilizarse, en fin para muchas actividades del diario vivir; pero el recurso energético es un recurso finito y es necesario contar con otras alternativas que permitan el libre desarrollo de nuestras actividades.

Desde hace algún tiempo, el sol ha demostrado ser un gran contrincante de los combustibles fósiles y con el fin de impulsar su uso en el mes de mayo de 2014, se aprobó la Ley 1715, tiene como objetivo promover el desarrollo y la utilización de las fuentes no convencionales de energía, principalmente aquellas de carácter renovable, en el sistema energético nacional, mediante su integración al mercado eléctrico, su participación en las zonas no interconectadas y en otros usos energéticos como medio necesario para el desarrollo económico sostenible, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la seguridad del abastecimiento energético.

La finalidad de la presente ley, es establecer el marco legal y los instrumentos para la promoción del aprovechamiento de las fuentes no convencionales de energía, principalmente aquellas de carácter renovable, lo mismo que para el fomento de la inversión, investigación y desarrollo de tecnologías limpias para producción de energía, la eficiencia energética y la respuesta de la demanda, en el marco de la política energética nacional.

Incentivos como la inversión en proyectos de fuentes no convencionales de energía tendrán derecho a reducir anualmente su renta, por 5 años en 50% del valor total de la inversión realizada. Así mismo, los equipos elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de las fuentes no convencionales estarán excluidos de IVA y aranceles. Por último, está el incentivo contable depreciación acelerada de activos, el cual  gozará del régimen de depreciación acelerada, la tasa de depreciación será no mayor de veinte por ciento (20%) como tasa global anual.

Para sumarnos a esta gran iniciativa, te invitamos a conocer las siguientes alternativas.

Energía solar fotovoltaica: Esta se obtiene a través de la conversión de la luz solar en electricidad, esto sucede en una oblea semiconductora fabricada principalmente de Silicio (Si). Los electrones que reposan en el Silicio son estimulados por la luz solar y su movimiento genera corriente eléctrica.

Energía Eólica: El viento, básicamente es el movimiento de las masas de aire debido a diferenciales térmicos producidos por el Sol, este se aprovecha al utilizar el empuje que produce en una superficie que se opone en su camino, el empuje es la fuerza utilizable con que disponemos, esta es implementada para el bombeo de agua y como aerogeneradores.

Biomasa: Se obtiene de los compuestos orgánicos mediante procesos naturales. Con el término biomasa se alude a la energía solar, convertida en materia orgánica por la vegetación que se puede recuperar por combustión directa o transformando esa materia en otros combustibles como alcohol, metanol o aceite. También se puede obtener biogás, de composición parecida al gas natural, a partir de desechos orgánicos.[i]

[i] http://aprotec.com.co/

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